Atención de Obras Sociales21/08/2013
Atención de Obras Sociales
Comunidad San Andrés es una institución que brinda todos los servicios estipulados por las leyes vigentes en la Argentina y la provincia de Buenos Aires en materia de atención a las adicciones.
Todos nuestros tratamientos son cubiertos por las Obras Sociales.
Según establece la Ley de Salud Mental (26.657), las Obras Sociales deben proveer la cobertura de salud mental.
Asimismo, la Ley 24.255 incluye dentro del programa de cobertura de las Obras Sociales “los tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos de las personas que dependan física o psíquicamente del uso de estupefacientes”.
“Los tratamientos de desintoxicación y rehabilitación deberán ser cubiertos por la obra social de la cual es beneficiaria la persona a la que se le aplica la medida de seguridad curativa”, precisa la norma.
Para recibir asesoramiento, comunicate al (011) 4783-7119 o al (011) 155 055 3380
o escribinos a contacto@comunidadsanandres.com.ar
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